La cuota litis: El pago de servicios jurídicos conforme a resultado
Creo que todos hemos oído hablar de la contratación de abogados pagándoles “un porcentaje de lo que se saque, si se gana“. Un ejemplo muy claro es la película “Una acción civil” con Jhon Travolta de protagonista, encarnando a un abogado especializado en llevar asuntos en los que cobra a su cliente un porcentaje de lo obtenido. A mayor resultado económico para el cliente, mayor retribución del abogado.
Es el conocido como pacto de cuota litis, en el que el abogado se convierte en socio de su cliente y obtiene un rendimiento económico del resultado del juicio.
Esto tiene como aparente consecuencia una mayor implicación del abogado para conseguir un mejor resultado. Y digo aparentemente porque introduce en el debate una desconfianza inicial en el desarrollo del trabajo que va a realizar. La abogacía viene aprobando holgadamente en todas las encuestas sobre la percepción social de su trabajo, por encima de otras instituciones jurídicas, por lo que esa desconfianza no es de recibo.
El abogado no necesita de este incentivo perverso para dar una buena solución al asunto. Y digo perverso porque la búsqueda de un hipotético resultado mejor para sí mismo puede nublarle la capacidad de alcanzar un acuerdo – que incluso puede ser mejor que el resultado final- y llevarle a un mal asesoramiento a su cliente sobre la mejor solución al litigio.
Estos motivos han llevado a la prohibición ya desde la antigua Roma de dicho pacto, si bien, a imitación de USA donde se permite, poco a poco se ha venido introduciendo en nuestras prácticas pero estableciendo unos límites:
- El abogado siempre cobrará y hará suya una cantidad al comienzo de la relación profesional, suficiente para cubrir los gastos y una parte de los honorarios.
- El resto de sus honorarios podrá pactarse entre el abogado y el cliente, como un porcentaje del resultado del asunto ¿Cuánto puede pactarse? Nuestras normas no dicen nada al respecto por lo que habrá total libertad. En otros países se establecen máximos que rondan el 40 – 50% (Chile, Argentina).
En muchos países donde se admite la cuota litis se ponen límites a su aplicación en asuntos de familia o de alimentos entre parientes.
En nuestra práctica profesional se están pactando unos porcentajes mucho más bajos, más que para obtener un buen rendimiento económico para evitar la pérdida de estos clientes a favor de otros despachos, lo que está creando una distorsión de la competencia y lleva a quienes aceptan estas condiciones a prestar un servicio sin el incentivo suficiente.
(Aviso al lector: spoiler, es decir, que si no has visto la película y te interesa no sigas leyendo)
Llanamente, al igual que en el caso de la película, si finalmente no hay posibilidad de obtener un buen resultado el abogado abandonará a su suerte el caso.
Saludos.
Tengo que reclamar la parte legitima de la herencia de mi madre, y no tengo posibilidad ya que actualmente no puedo abonar la previsión de fondos que piden los abogados.
Por otra parte no quiero abogado se oficio, tienen poco interes..
Me pueden ayudar, hay algun abogado que cobre sus honorarios cuando se acabe el proceso.
Gracias.Saludos
Hola May,
Tu percepción de que los abogados de ofico no tienen interés es equivocada. Se trata en general de muy buenos profesionales, veteranos de muchos años, especializados en cada materia y que te van a dar un buen resultado.
Mi recomendación es que si no puedes pagar la provisión de fondos que te piden, acudas a uno de ellos. Dado que en tu caso puede ser que obtengas economicamente un retorno de su trabajo puedes convertir a este abogado de oficio en un abogado particular al final del proceso.
Un cordial saludo