Cuales son los datos reales sobre procedimientos judiciales
Traigo un debate que se suscitó hace apenas unpar de meses y que ha pasado desapercibido: el de los datos reales sobre número de procedimientos judiciales.
Para conocer el número exacto de procedimientos hemos tomado siempre por válidos los datos que indica el Consejo General del Poder Judicial en sus informes. Estos informes hablan de 9 millones de asuntos judiciales al año. Este volumen tan elevado ha servido de justificación para entre otras cuestiones implantar un sistema de tasas judiciales que además de financiar la justicia gratuita tenga n efecto disuasorio para el litigante de clase media, puesto que quien tenga derecho a la asistencia jurídica gratuita no está sometido a dichas tasas.
Sin embargo, conforme al Consejo General de la Abogacía, hay un 80% menos de litigios de lo que cifra el CGPJ, justificado en que se ha realizado un cómputo erróneo al contar varias veces los mismos asuntos, duplicando o triplicando los casos.
Así, a modo de ejemplo, en el orden penal se han incluido en el cómputo diligencias previas que se archivan según se reciben y que suponen el 78% de los asuntos penales. A esto se añade un nuevo recuento de los asuntos tan pronto abandonan el Juzgado de Instrucción para pasar al órgano que lo va a Juzgar (Juzgado de lo Penal o Audiencias Provinciales- Audiencia Nacional).
Los datos que defiende el Consejo General de la Abogacía es la existencia de 1.833.608 asuntos entre todos los órganos jurisdiccionales que desembocan en los 9 millones de procesos judiciales.
Es decir, que la litigiosidad no es tan alta como se pretende y que será menor por la aplicación de la ley de tasas que va a reducirlo – ya lo está haciendo- considerablemente este dato.