Como afectará al inquilino la venta de la casa que ocupa.


Se va a modificar la Ley de Arrendamientos Urbanos y una de las cuestiones que está dando lugar a un cierto debate es ésta.
En una anterior entrada expliqué lo que es la figura del llamado tercero hipotecario es decir, el comprador de buena fe de una vivienda que se encuentra inscrita en el Registro de la Propiedad y que la adquiere a cambio de precio y a aquel que consta como propietario en el Registro.
La protección a este nuevo propietario es casi total. Sin embargo, no hay protección alguna frente al arrendamiento no inscrito en el Registro de la Propiedad.
Si el propietario anterior de la vivienda alquiló la misma a un tercero ¿Quién tiene derecho a ocuparla? El arrendatario hasta agotar el plazo de su contrato de arrendamiento aún cuando no inscriba el contrato en el Registro. El nuevo propietario, tercero hipotecario, debe esperar pacientemente a esta finalización contractual.
Y es que no puede conocer la existencia de un arrendamiento pese a que los contratos de arrendamiento pueden acceder al Registro de la Propiedad desde siempre, pero no suele ser habitual hacerlo. Antiguamente se limitaba el acceso a aquellos contratos con duración superior a 6 años, pero dicho límite fue derogado.
Ante esta situación y con la finalidad de proteger al tercero hipotecario, se preve en la reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos que se está tramitando en este momento en el Congreso de los Diputados  que el nuevo propietario tiene derecho a resolver el contrato de forma inmediata y dando tres meses para el desalojo salvo en los caos en que el inquilino haya inscrito su contrato en el Registro de la Propiedad. Obviamente porque el comprador ya conoce de la existencia del contrato de arrendamiento al adquirir la vivienda.
Esto va a tener como consecuencia que se pueda utilizar la venta de un inmueble como causa de desahucio del inquilino y llevará a éste último a inscribir siempre su contrato a riesgo de perder su derecho si no lo hace. Encarecerá los arrendamientos obviamente y, afortunadamente, dejará sin negocio a aquellos que se dedican a la compra de vivienda <con bicho> como se conoce en el argot al inquilino.
 
 

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