El riesgo de los bonos convertibles en acciones

Siguiendo con la temática de productos financieros hay que conocer la existencia de unos bonos convertibles en acciones de determinados bancos (en prensa se habla de SCH, Banco Popular, Sabadell…) que pueden dar lugar a problemas a quien los contrate.
Los bonos son instrumentos de deuda que emite una empresa para financiarse, pudiendo ser retribuidos con intereses fijos o variables. A su vencimiento, el emisor debe devolver el principal. Sus intereses los habrá ido pagando durante la duración del contrato. El bono puede ser transmitido a un tercero.
En determinados casos, si así se ha pactado, estos bonos pueden convertirse en acciones al vencimiento del plazo, pasando a formar parte del capital. Se deja de ser bonista para ser accionista.
Algunos bancos están “obligando” a sus clientes a adquirir bonos obligatoriamente convertibles en acciones de su propia entidad para utilizarlos como garantía de préstamos que les otorga el propio banco. De esta manera, los bonos de ese banco garantizan la devolución del propio crédito, ya que el banco se los queda en prenda.
Esta practica está amparada legalmente en el artículo 149 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital en cuanto no viola la prohibición de asistencia financiera para la adquisición de acciones propias.
También se colocan estos bonos obligatoriamente convertibles en acciones a inversores particulares.
El problema llega cuando se impone la convertibilidad del bono perjudicando al consumidor, en este caso justificándolo por la existencia de un crédito garantizado por el bono convertible, por lo que el bonista no recupera la liquidez buscada a su vencimiento.
Y estas acciones han podido perder valor nominal, con lo que el consumidor además de recibir un préstamo del banco a su vez prestó al mismo (bono) recibiendo a su vencimiento una acción de valor inferior al importe del  propio bono.
Así que dejemos estas fórmulas para inversores con la suficiente formación.

 

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