Se avecina una crisis en los pequeños comercios de nuestras ciudades.

Si hay algo que diferencia a las ciudades dormitorio de otro tipología de urbes es que las primeras generalmente carecen de comercios en el centro urbano. Las demás tipologías urbanas contienen viejas tiendas que conforman la memoria que tenemos de dichas ciudades, y que hacen más amables y habitables a estas.
 
Estos viejos comercios, en ocasiones centenarios, se desarrollan en locales arrendados y sujetos a la vetusta Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964 con las modificaciones que se introdujeron en la misma por la vigente Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994. Esto es aplicable, claro está a los contratos de arrendamiento de local de negocio anteriores al 9 de mayo de 1985.
 
Y la principal modificación que ahora les afecta de lleno es la del plazo de duración que viene recogida en la Disposición Transitoria Segunda de la LAU de 1994, y que hace finalizar la mayoría de los contratos el 31 de diciembre de 2014 (alguno podrá acogerse a una excepción que lo prolongaría cinco años más).
 
Esto va a poner en peligro algunos de estos antiguos comercios, aunque puede ser una oportunidad para que los propietarios rentistas valoren que hoy en día, un inquilino que paga, aunque no lo suficiente para los gustos de la propiedad, es un valor añadido al local
 
Nos jugamos comercios centenarios, puestos de trabajo y una ciudad más amable. Y me sorprende que no se estén alzando voces, precisamente por la crisis que vivimos desde más de un lustro, para mantener este tejido comercial urbano.

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