Ya existe el Proyecto de Orden de autoliquidación de tasas judiciales
Ya tenemos el proyecto de Orden en el que se regulan los impresos sobre las tasas judiciales que podéis consultar aquí.
A destacar que incluye un novedoso impreso 695 para la devolución del 60% en caso de solución extrajudicial, de un 20% en caso de acumulación de procedimientos y para los supuestos de inadecuación del procedimiento o modificación de la cuantía en los que en el plazo de 1 mes se podrá solicitar la devolución.
A vuelapluma: Una reflexión que se me viene ocurriendo y que se nos está pasando es que a una tipología de morosos profesionales conformada por aquellos que acostumbran a no pagar integramente sus facturas haciendo un cálculo de posibilidades de ser reclamados judicialmente, les resulta muy útil esta normativa si adeudan más de 2.000 € a cada acreedor.
El establecimiento de una tasa para acceder a la Justicia beneficiará la morosidad.
Edito la entrada para comentaros que ya está aprobada. Podéis ver la norma en este enlace.